Subvenciones de la Junta de Andalucía: Línea «Proyectos de transformación digital para pymes»

PRÓXIMA APERTURA DE SUBVENCIONES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA: Previsión en 2024

PROYECTOS DE TRANSFORMACION DIGITAL PARA PYMES EN ANDALUCIA

El objeto de la línea de subvenciones es favorecer la digitalización de los procesos empresariales en las PYMES de Andalucía.

Son ayudas a fondo perdido.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Proyectos de transformación digital de las PYMES que se compongan de servicios de consultoría según los siguientes bloques de servicios:

  • Bloque 1. Servicios de presencia y gestión online, que comprenden un conjunto de servicios dirigidos a ayudar a las empresas a establecerse y mantener una sólida presencia en línea, a generar ventas, gestionar su reputación y comunicación en el entorno digital.
  • Bloque 2. Implantación de tecnologías digitales avanzadas, que comprenden un conjunto de servicios dirigidos a introducir y aplicar soluciones tecnológicas de vanguardia en las empresas con el fin de mejorar sus operaciones, optimizar procesos y adaptarse a las demandas cambiantes del entorno digital.
  • Bloque 3. Soluciones disruptivas, que comprenden un conjunto de servicios enfocados a desplazar tecnologías o métodos tradicionales e introducir innovaciones, tecnologías disruptivas y de ultima generación que permitan una transformación de los negocios

 

BENEFICIARIOS

Las pequeñas y medianas empresas, que pertenezcan a determinados sectores (consultar listado CNAE), y que tengan al menos un establecimiento operativo en Andalucía

ELEMENTOS SUBVENCIONABLES

Costes de horas de consultoría asociados al servicio prestado por consultores externos a la empresa solicitante de consultoría.

* No son subvencionables:

  1. a) Equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) y adquisición de software.
  2. b) Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet.
  3. c) Desarrollo de contenidos audiovisuales.
  4. d) El Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo en los supuestos en los que el IVA no pueda ser recuperable.
  5. e) Los gastos que tengan carácter continuo o periódico que se destinen a la financiación de gastos de funcionamiento habituales de la empresa.

 

PORCENTAJE DE SUBVENCIÓN:

Se concede en función de la valoración máxima de coste/hora de consultoría.

PLAZO DE SOLICITUD

Previsión de convocatoria en 2024.