Llámanos: 604 920 842

}

Horario L - V:  16:30 - 20:00

SUBVENCIONES PARA EL CRECIMIENTO, LA COMPETITIVIDAD Y LA CONSOLIDACIÓN DE LAS PYMES TURÍSTICAS EN ANDALUCÍA

SUBVENCIONES PARA EL CRECIMIENTO, LA COMPETITIVIDAD Y LA CONSOLIDACIÓN DE LAS PYMES TURÍSTICAS EN ANDALUCÍA

¿Qué son?

Son subvenciones a fondo perdido, es decir, que no hay que devolver, para proyectos de inversión de empresas turísticas y de hostelería.

Proyectos subvencionables

1ª. Mejora y modernización de los establecimientos y las instalaciones.
2ª. Medidas para la mitigación de emisiones y para la adaptación al cambio climático.
3ª. Mejora de la accesibilidad

Los proyectos deberán cumplir con los siguientes criterios:

a) vinculación con entornos de especialización inteligente y ejes de apoyo transversal de la Estrategia de Especialización Inteligente de Andalucía;
b) creación o mantenimiento del empleo hasta la fecha de finalización del proyecto;
c) incremento de la productividad y tecnología;
d) mejoras medioambientales;
e) incidencia sobre la economía de la zona.

Empresas y personas beneficiarias.

Pymes que desarrollen su actividad económica en Andalucía

Requisitos a cumplir

a) Tener la condición de pyme.
b) Desarrollar su actividad económica en Andalucía.
c) Estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
d) Estar inscritos o, en su caso, anotados en el Registro de Turismo de Andalucía con carácter previo a la publicación de la convocatoria correspondiente

En el caso de proyectos de viviendas de uso turístico y de viviendas de alojamiento turístico en el medio rural, se deberán cumplir los requisitos siguientes:  Las viviendas deberán estar inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía antes del 31 de enero del ejercicio en que se publique la correspondiente convocatoria.  Adicionalmente, y exclusivamente para proyectos de viviendas de uso turístico, se deberá haber declarado un periodo de funcionamiento de, al menos, seis meses.

La actividad de hostelería deberá constar en el Registro de Turismo de Andalucía antes del 31 de marzo del ejercicio en que se publique la correspondiente convocatoria.

Cuantía de las subvenciones

La subvención ascenderá a una cuantía que alcanzará el 100% del coste subvencionable del proyecto, con los siguientes límites por cada persona solicitante:
a) Cuantía máxima: 220.000 euros.
b) Cuantía mínima: 25.000 euros en el caso de proyectos para viviendas de uso turístico, alojamientos turísticos en el medio rural y actividades de hostelería. 50.000 en el resto de proyectos.

Gastos subvencionables

a) Costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto.
b) Obras de construcción, reforma y acondicionamiento de inmuebles y espacios destinados a la actividad turística de la pyme.
c) Obras e instalaciones dirigidas a mejorar la accesibilidad y a impulsar medidas para la mitigación de emisiones y de adaptación al cambio climático.
d) Adquisición de equipamiento directamente vinculada al proyecto de modernización del negocio.
e) Instalaciones técnicas y de seguridad asociadas al funcionamiento del establecimiento turístico y a las inversiones realizadas.
f) Asistencia técnica vinculada al proyecto necesarias para la correcta ejecución y puesta en marcha de las inversiones subvencionadas.
g) Costes de obtención de certificaciones y distintivos de calidad, sostenibilidad, accesibilidad y responsabilidad social relacionados con el proyecto.

Convocatoria y plazo de presentación de solicitudes

Pediente de convoicar en 2026

 

EuremConsultores