SUBVENCIONES A PROYECTOS DE PUESTA EN MARCHA DE PEQUEÑAS EMPRESAS EN ANDALUCIA
El objeto de la línea de subvenciones es apoyar la puesta en marcha de pequeñas empresas (incluidas microempresas) en Andalucía.
SUBVENCIONES A FONDO PERDIDO JUNTA DE ANDALUCÍA
Son ayudas a fondo perdido para contribuir al desarrollo económico de Andalucía
Deberán ser proyectos con inversión superior a 30.000 euros.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas: proyectos que contemplen una inversión subvencionable superior a 30.000 euros y que sean pequeñas empresas con forma societaria no cotizadas, registradas desde hace cinco años como máximo, a la fecha de presentación de la solicitud, siempre que la empresa cumpla las siguientes condiciones:
– Que no se haya hecho cargo de la actividad de otra empresa, a no ser que el volumen de negocios de la actividad adquirida suponga menos del 10% del volumen de negocios de la empresa subvencionable en el ejercicio financiero previo a la absorción.
– Que todavía no haya distribuido beneficios.
– Que no hayan adquirido otra empresa o se hayan formado mediante concentraciones de empresas, salvo que el volumen de negocios de esa empresa adquirida suponga menos del 10% del volumen de negocios de la empresa subvencionable en el ejercicio financiero previo a la adquisición o que el volumen de negocios de la empresa formada mediante concentración sea superioren menos de un 10 % al volumen combinado de las dos empresas fusionadas en el ejercicio previo a su concentración.
Los proyectos deberán cumplir con lo siguiente:
- a) Ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
- b) Que la empresa solicitante tenga previsto, crear con el proyecto presentado, un establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con independencia de donde se encuentre la sede social.
BENEFICIARIOS
Las pequeñas empresas*, excluidos los empresarios individuales o autónomos, que pertenezcan a determinados sectores (consultar listado CNAE).
*Solo se subvencionan proyectos realizados por sociedades.
Es necesario acreditar capacidad económica y financiera suficiente en relación con el importe de la inversión presentada.
ELEMENTOS SUBVENCIONABLES
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- Terrenos: la adquisición de terrenos necesarios para la implantación del proyecto (máximo 10% del valor del proyecto en su conjunto).
- Naves y construcciones.
- Bienes de equipo de procesos nuevos o usados.
- Bienes de equipo auxiliares e instalaciones. En el caso de los elementos de transporte, solo serán subvencionables los elementos de transporte interior al recinto de la empresa.
- Equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, TIC.
- Adquisición y tratamiento de software, a excepción de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos o de aplicaciones de ofimática.
- Planificación, ingeniería y dirección facultativa: incluyendo los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los proyectos, así como los estudios de seguridad, medioambientales y todos aquellos que tengan especial relevancia para la realización del proyecto de inversión.
Se considerará subvencionable por este concepto el menor de los dos valores siguientes:
- El valor resultante de aplicar el 8 por ciento de la obra civil y el 4 por ciento de los bienes de equipo e instalaciones consideradas subvencionables.
- El 50 por ciento de los costes derivados de este concepto.
Se admitirán gastos facturados con una anterioridad máxima de seis meses respecto a la fecha de solicitud y hasta la fecha de fin de ejecución del proyecto. Así pues, los proyectos podrán haber comenzado antes de la fecha de solicitud de la ayuda, si bien estos gastos deberán quedar adscritos al ámbito del proyecto aprobado.
PORCENTAJE DE SUBVENCIÓN:
Se concede un mínimo del 55 % de la inversión, que se puede incrementar en función de diferentes características, como creación de empleo, carácter innovador del proyecto, empresa formada por jóvenes o mujeres, economía social, etc., pudiendo alcanzar hasta un 65%.
PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 10 de Julio de 2024 está abierto el plazo de presentación de solicitudes.