ABIERTO EL PLAZO: SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA. JUNTA DE ANDALUCIA

SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA. JUNTA DE ANDALUCIA

¿Qué son?

Son subvenciones a fondo perdido para autónomos y pymes de Andalucía,  siempre que dicho contrato se mantenga durante 24 meses.

Líneas de ayuda

Línea 1. Incentivo a la primera contratación indefinida ordinaria por parte de personas trabajadoras por cuenta propia.

Línea 2. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas jóvenes menores de 30 años y otros colectivos vulnerables (pequeñas y medianas empresas en general).

Línea 3. Incentivo dirigido a la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa.

Línea 4. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas con discapacidad.

Línea 6. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas jóvenes desempleadas beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Cuantía de la subvención

Línea 1: Primera contratación indefinida por personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas.

a) 18.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. Se incrementa en 2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer.

b) 9.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial, que será igual o superior al 50 % de la jornada completa. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer.

Línea 2. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas jóvenes menores de 30 años y otros colectivos vulnerables (pequeñas y medianas empresas en general).

a) 15.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. Se incrementa en 2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer.

b) 7.500 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial, que será igual o superior al 50 % de la jornada completa. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer.

Línea 3. Incentivo dirigido a la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa

a) 7.500 euros, por cada contrato formalizado de parcial a jornada completa. Se incrementa en 2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer.

b) 10.000 euros, por cada contrato formalizado de parcial a jornada completa con personas con discapacidad. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer.

Línea 4. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas con discapacidad.

a) 20.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. Se incrementa en 2.000 euros adicionales, cuando la persona

contratada sea mujer.

b) 10.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial,  que será igual o superior al 50 % de la jornada completa. Se incrementa

en 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer

Línea 6. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas jóvenes desempleadas beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

a) 18.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. Se incrementa en 2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer.

b) 9.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial, que será igual o superior al 50 % de la jornada completa. Se incrementa en 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer.

Requisitos de las entidades solicitantes

Las personas beneficiarias de estas subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía. Se entenderá que una persona beneficiaria desarrolla su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía cuando tenga en alta una cuenta de cotización de la Seguridad Social en una provincia andaluza.

b) Las personas trabajadoras, por cuenta propia o autónomas, deben estar dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en la mutualidad alternativa correspondiente.

c) Cada contratación indefinida incentivada deberá suponer un incremento neto en la plantilla con contrato indefinido ordinario.

Requisitos de los contratos y trabajadores

Las contrataciones indefinidas deberán haber sido realizadas con alguno de  los siguientes colectivos:

a) Personas jóvenes menores de 30 años de edad.

b) Personas desempleadas de larga duración.

c) Personas mayores de 45 años de edad o más.

d) Personas discapacitadas

No serán subvencionables las siguientes contrataciones:

a) Las formalizadas con personas que hayan finalizado una relación laboral de carácter indefinido en los seis meses anteriores al inicio del contrato a subvencionar, con la misma persona o entidad solicitante, o perteneciente al mismo grupo de empresas.

b) Las que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes, y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, de la persona titular de la empresa o a la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma.

c) Las de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas.

d) Las relaciones laborales de carácter especial, recogidas en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

e) Las formalizadas en la modalidad de fijos discontinuos.

 

¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes?

 

Plazo abierto desde 26 de Octubre 2024 hasta 25 de Abril de 2025.

Carácter retroactivo: Entrarán contratos realizados desde 01 de Marzo de 2024.