SUBVENCIONES: INCENTIVOS ECONÓMICOS REGIONALES

¿Qué son?

Los incentivos regionales son las ayudas financieras que concede el Estado a la inversión productiva para fomentar la actividad empresarial, orientando su localización hacia zonas previamente determinadas y contribuyendo así a paliar los desequilibrios interterritoriales. Las ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido, expresadas en porcentaje sobre los costes considerados elegibles y reciben cofinanciación del FEDER.

Beneficiarios

  • Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que posean carácter innovador, especialmente en lo relativo a medidas medioambientales, y que mejoren significativamente el potencial endógeno de la zona.
  • Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción, que incluyan tecnología avanzada, presten atención a mejoras medioambientales y supongan una mejora significativa en la calidad o innovación de proceso o producto.

Proyectos subvencionables

  • Creación de nuevos establecimientos: con una inversión mínima de 900.000 € y generación de nuevos puestos de trabajo.
  • Ampliación: con una inversión  mínima de 900.000 € en inmovilizado material  que suponga un aumento de la capacidad productiva y que se generen nuevos puestos de trabajo, manteniendo los actuales
  • Modernizacióncon una inversión  mínima de 900.000 € en inmovilizado material, que implique la adquisición de maquinaria tecnológicamente avanzada y que se generen nuevos puestos de trabajo.

 Conceptos subvencionables

  • Obra civil: traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto, oficinas, laboratorios, instalaciones para servicios laborales y sanitarios del personal, almacenes, edificios de producción o transformación, edificios de servicios industriales, almacenes y otras obras.
  • Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones eléctricas especiales, instalaciones energéticas y de suministro de agua especiales, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control, instalaciones de seguridad, instalaciones de mejora y protección medioambiental, y otros bienes de equipo ligados al proyecto.
  • Estudios previos del proyecto: en el caso de las PYMES, hasta el 50% de los costes de los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y de dirección facultativa de los proyectos
  • Activos inmateriales: siempre y cuando no excedan el 30% del total de la inversión incentivable, se utilicen exclusivamente en el centro donde se realice el proyecto, sean inventariables, amortizables y se adquieran a condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.

 Requisitos y obligaciones

  • Ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero
  • Contar con una contribución mínima del 25% de financiación a través de recursos propios por parte del beneficiario
  • Mantener las inversiones a realizar en durante un mínimo de 5 años si es una gran empresa, o un mínimo de 3 años si es una pequeña o mediana empresa
  • Mantener los puestos de trabajo en durante un mínimo de 2 años, a contar a partir de la fecha de fin de vigencia establecida en la Resolución Individual de Concesión.
  • No estar iniciados a la fecha de presentación de la solicitud. Para ello, es necesario que antes de empezar con el proyecto se realice un acta notarial de presencia, en la cual se ponga de manifiesto el hecho de no inicio de los trabajos
  • En el caso de que la inversión supere los 50.000€ en elementos de activo fijo o 18.000€ en el supuesto de suministros de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, es obligatorio presentar mínimamente tres presupuestos de diferentes proveedores y escoger el más barato, a no ser que por otros motivos se justifique debidamente la elección de un presupuesto que no sea el más barato

Ámbito territorial y Cuantía de la subvención

Todo el territorio nacional, excepto la Comunidad de Madrid, Cataluña, Navarra y País Vasco*.

En la Comunidad Autónoma de Andalucía la concesión de subvenciones alcanzarán hasta un máximo de:

  • En las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba, del 50 % para grandes empresas, del 60 % para medianas empresas y del 70 % para pequeñas empresas.
  • En las provincias de Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla, del 40 % para grandes empresas, del 50 % para medianas empresas y del 60 % para pequeñas empresas.

En el resto de España el porcentaje dependerá de la comunidad autónoma en la que se ejecute el proyecto de inversión.

(*)En la Comunidad de Madrid, Cataluña, Navarra y País Vasco no se aplican los Incentivos Económicos Regionales.

Plazo de solicitud 

Abierto hasta 2027

Sectores y proyectos subvencionables

Tipo de sectores subvencionables

A los efectos previstos en el artículo 6 del Reglamento aprobado por Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, serán sectores subvencionables los siguientes:

  • Industrias transformadoras, incluida la industria agroalimentaria, y servicios de apoyo a la producción que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, incluyan tecnología avanzada, presten especial atención a mejoras medioambientales y supongan una mejora significativa en la calidad o innovación de proceso o producto y, en especial, los que favorezcan la introducción de las nuevas tecnologías y la prestación de servicios en los subsectores de las tecnologías de la información y las comunicaciones y los que mejoren significativamente las estructuras comerciales.
  • Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, posean carácter innovador especialmente en lo relativo a las mejoras medioambientales y que mejoren significativamente el potencial endógeno de la zona.

Dependiendo del municipio donde se encuentra tu hotel, la categoría mínima subvencionable por Incentivos Económicos Regionales es de 4*** Estrellas.

Las instalaciones complementarias a tu hotel también son objeto de esta subvención regional, tales como Puertos Deportivos, Instalaciones Tematizadas o parques, Campos de Golf…

Para la modernización de tu Hotel se requiere un mínimo de 4**** Estrellas, puedes mejorar la infraestructura de tu emplazamiento Hotelero y las instalaciones para Ocio.

Las ampliaciones para tu hotel y las instalaciones de Ocio también son un objeto subvencionable.

Características de los incentivos

Las ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido, expresadas en porcentaje sobre la inversión subvencionable.

Si vuestra empresa pertenece al sector turístico o industrial, nosotros nos encargamos de gestionar tu proyecto de solicitud de Ayudas y Subvenciones de manera integral. Nos encargamos de todo el proceso de Solicitud, ejecución y Justificación de los Incentivos Económicos Regionales para que tú te despreocupes.